El día de hoy 17 de abril, referentes de las Ollas Populares Solidarias de los barrios Caacupemí y Luján del Bañado Sur, con apoyo de activistas sociales y de la Plataforma Social de Derechos Humanos, Memoria y Democracia, promovieron una acción de amparo colectivo contra la Secretaria de Emergencia Nacional, solicitando la tutela judicial del derecho fundamental a estar protegidas contra el hambre de cientos de familias.
En este caso, además de las ollas populares autogestionadas por la comunidad, se organizó un proceso comunitario para facilitar la inscripción en el Programa de Seguridad Alimentaria Ñangareko, ya que la vía de registro en dicho programa imposibilitaba el acceso a las familias que no cuentan con la tecnología digital para hacer los trámites.
El día 29 de marzo de 2020 se procedió a completar las planillas proveídas por la Municipalidad de Asunción, cargando luego los datos de cada familia en el sistema digital de inscripción al Programa Ñangareko, y presentando posteriormente las planillas referidas en la Secretaría de Emergencia Nacional. A pesar de todas estas gestiones, 274 de las familias postulantes aún no han recibido la transferencia monetaria, habiendo transcurrido más de un mes de que no están pudiendo salir a trabajar.
En el amparo colectivo se acompañan copias de las 274 fichas de registro, así como la nota remitida hace semanas a la SEN con dichas informaciones.
A través de la acción se peticiona al Juzgado que, oportunamente, previo trámite de rigor, dicte sentencia, haciendo lugar a la petición de amparo colectivo, y: “En consecuencia, ordene a la Secretaría de Emergencia Nacional a que cumpla con su obligación constitucional y convencional indelegable de garantizar el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, mandatándole a que, luego de los trámites administrativos que correspondan, efectivice de inmediato las prestaciones alimentarias debidas a las 274 familias de los barrios Caacupemí y Luján del Bañado Sur, identificadas en las planillas que se adjuntan, consistentes en transferencias monetarias para la compra de alimentos y productos de higiene correspondientes al Programa de Seguridad Alimentaria Ñangareko.”
El Juzgado Penal de Ejecución Nro. 1 ya ha dictado una providencia, teniendo por iniciado el juicio de amparo constitucional contra la SEN y corriéndole traslado de la demanda.
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